PROGRAMA DE FAMILIAS DE PROTECCIÓN TEMPORAL
Salmo 68:6 “Dios ubica a los solitarios en familia”

¿Que significa ser una Familia de Protección Temporal ?
Significa abrir las puertas de su casa y corazón para acoger temporalmente en su familia a un NNA (niño, niña y adolescente) asumiendo la responsabilidad de cuidar, educar y atender a un NNA que se encuentre privado de una adecuada atención por parte de su familia biológica, o corre el riesgo de encontrarse en esa situación y requieren el cuidado de protección temporal, mientras las autoridades pertinentes (DINAF) investigan el caso del NNA y toman una decisión velando por su bienestar integral.
Los NNA que estén bajo el Programa de Familias de Protección Temporal no son candidatos para proceso de adopción para la familia.
DEBES CUMPLIR SI QUIERES FORMAR PARTE DEL PROGRAMA DE FAMILIA DE PROTECCIÓN TEMPORAL
Ser hondureño (a) por nacimiento o por naturalización y residente en el país.
Extranjero o residente acreditado en el país al menos en los últimos 3 años
Al menos un adulto en cada familia mayor de 23 años y menor de 58 años
Certificado de antecedentes penales y judiciales
Copia simple de registro de matrimonio o de unión de hecho legalizada
Certificados médicos de buena salud de las personas cabezas del hogar de la familia
Constancia laboral, constancia o comprobante de ingresos económicos de las personas adultas
Copia de identidad, copia simple de partida de nacimiento de todos los adultos del hogar.
Copias simples de partida de nacimiento de los hijos de la familia.
PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES
Si considera que no puede manejar la situación en ese momento, comuníquese inmediatamente al equipo de la Fundación Legado de Esperanza para dar respuesta a su necesidad.
Para la salida fuera de la cuidad de residencia de los NNA bajo acogimiento familiar siempre se debe realizar con anticipación una solicitud de permiso de salida a la DINAF, en caso de ser un viaje de emergencia solicitar apoyo a la Fundación Legado de Esperanza para el cuidado del NNA.
Sí. Cada familia decide donde brindarle la atención medica al NNA que tenga bajo su cuidado, pero siempre debe reportar al equipo técnico de la Fundación Legado de Esperanza.
Es opcional para la familia, para acoger a un NNA es necesario que cuente con un espacio donde ubicar al niño, niña. Si comparte habitación tiene que ser idealmente compartida con niños de su mismo sexo y grupo de edad y que cada NNA tenga su propia cama.
Según la normativa del programa el tiempo máximo para dar respuesta a la necesidad del niño, niña es de 1 año aproximadamente, sin embargo, la temporalidad puede ser menor o mayor al plazo estipulado según el caso.
Los NNA que estén bajo el programa de Familia de Protección Temporal no son candidatos para proceso de adopción para la familia que provee el cuidado.
La familia puede expresar en la entrevista inicial su interés en un grupo especifico, sin embargo, requerimos una actitud abierta de acogimiento ya sea niña o niño y diversidad de edad.
Se realizan visitas constantes para seguimiento del caso del NNA, dichas visitas son programadas con anticipación.
Antes de la acreditación para ser FPT, existen un proceso de capacitación en diversos temas relacionada a la niñez en la cual debes participar.
Si. Usted es un ente en el proceso y se le brindara la información necesaria en cada momento según avances del caso del NNA.
Cumplir con los requisitos legales que establece el programa:
- Cumplir con la atención / cobertura de las necesidades y derechos de los NNA: alimentación, salud, higiene, autocuidado y educación.
- Condiciones mínimas del hogar: acceso a servicios básicos, educación, salud, transporte, agua segura, luz eléctrica, alcantarillado, espacio de ocio y recreación.
No. El programa determina el manejo confidencial de la información e imagen del NNA con especial cuidado en el uso de las redes sociales.
Se requiere una actitud abierta y colaborativa de la familia de acogimiento con la familia biológica del niño/a en caso que la hubiere. Asimismo, participar en las visitas y lo referente al proceso de reintegración familiar del NNA con su familia biológica de acuerdo al caso.